TÉRMINOS Y CONDICIONES
Condiciones generales de venta y entrega
de la
Las condiciones corresponden esencialmente a las Condiciones Generales de Venta y Entrega de IK Industrievereinigung Kunststoffverpackungen e.V. del 1 de abril de 2009. Las siguientes Condiciones Generales de Venta y Entrega para la industria de transformación de plásticos son recomendadas sin compromiso por la Asociación Federal de Embalajes y Películas de Plástico.
Ámbito de aplicación
Las siguientes condiciones se aplican únicamente a los empresarios, a las personas jurídicas de derecho público o a los fondos especiales de derecho público.
I. Aplicación
1. Los pedidos solo serán vinculantes mediante la confirmación del pedido por parte del proveedor. Si el cliente no se opone al contenido de la confirmación del pedido en un plazo de 7 días a partir de su recepción, el contrato se celebrará en los términos y condiciones indicados en la misma, incluso si estos se desvían de los acuerdos originales debido a errores de transmisión, comprensión o mecanografía. Las modificaciones y suplementos se harán en forma de texto. Todas las ofertas están sujetas a cambios, a menos que se designen como ofertas firmes. Salvo que se designen expresamente como vinculantes, las indicaciones de cantidades o tamaños son valores aproximados no vinculantes.
2. . En el caso de las relaciones comerciales continuas, estas condiciones se aplicarán también a las transacciones futuras en las que no se haga referencia expresa a ellas, siempre que el comprador las haya recibido en relación con un pedido previamente confirmado por el proveedor.
3. Las condiciones del cliente no se aplicarán, aunque no las contradigamos expresamente, a menos que el proveedor las reconozca expresamente por escrito. La normativa sobre la venta a distancia en las transacciones comerciales con los consumidores no se aplica a la relación comercial con los empresarios, ni siquiera de forma correspondiente.
4. En caso de que alguna de las disposiciones sea o llegue a ser no válida, esto no afectará al resto de las disposiciones.
5. El proveedor tiene derecho a cobrar un recargo por materia prima si es necesario.
Precios
1. En caso de duda, los precios son ex fábrica, excluyendo flete, derechos de aduana, derechos de importación y embalaje, más el impuesto sobre el valor añadido al tipo legal.
2. Si los factores de coste relevantes, en particular para el material, la energía o el personal, cambian en más de un 5 % después de la presentación de la oferta o después de la confirmación del pedido hasta la entrega, cada parte tendrá derecho a exigir un ajuste del precio. Esto debe medirse en función de cómo el factor de coste correspondiente modifica el precio total. Si se ha acordado la dependencia del precio del peso de la pieza, el precio final resulta del peso de las muestras de salida liberadas.
3. El proveedor no estará obligado a respetar los precios anteriores en el caso de nuevos pedidos.
Obligación de entrega y aceptación
1. . Los plazos de entrega comenzarán tras la recepción de todos los documentos necesarios para la ejecución del pedido, el pago del anticipo y el suministro puntual de los materiales, en la medida en que se hayan acordado. El plazo de entrega se considerará cumplido en el momento de la notificación de la disponibilidad de envío, si el envío se retrasa o es imposible por causas ajenas al proveedor.
2. . Si un plazo de entrega acordado no se cumple por culpa del proveedor, el cliente estará obligado en todo caso a fijar un plazo de gracia razonable.
3 Se admiten entregas parciales razonables, así como desviaciones razonables de las cantidades del pedido de hasta más/menos un 10 %.
4. En el caso de los pedidos aplazados sin acuerdo sobre la duración, los tamaños de los lotes de producción y las fechas de aceptación, el proveedor podrá exigir una determinación vinculante de los mismos a más tardar tres meses después de la confirmación del pedido. Si el comprador no cumple con este requerimiento en el plazo de tres semanas, el proveedor tendrá derecho a establecer un periodo de gracia de dos semanas y, una vez transcurrido, a rescindir el contrato y/o reclamar daños y perjuicios.
5. . Si el comprador no cumple con sus obligaciones de aceptación, el proveedor no estará obligado a cumplir con las disposiciones sobre ventas por cuenta propia, sin perjuicio de otros derechos, sino que podrá vender el objeto de la entrega en el mercado libre, previa notificación al comprador.
6. Los acontecimientos de fuerza mayor autorizan al proveedor a aplazar la entrega durante el tiempo que dure el impedimento y un periodo de puesta en marcha razonable, o a rescindir el contrato total o parcialmente debido a la parte aún no cumplida. Se consideran causas de fuerza mayor las huelgas, los cierres patronales o las circunstancias imprevisibles e inevitables, por ejemplo, las perturbaciones operativas o los retrasos o interrupciones del transporte por causas ajenas al proveedor, la escasez de materias primas o de energía, que imposibiliten al proveedor realizar las entregas a tiempo a pesar de los esfuerzos razonables. Esto también se aplicará si los impedimentos mencionados se producen durante un retraso o en un subproveedor. El comprador puede solicitar al proveedor que declare, en el plazo de dos semanas, si desea rescindir el contrato o realizar la entrega en un plazo de gracia razonable. Si no se declara, el comprador puede desistir de la parte del contrato no cumplida. El proveedor notificará al comprador sin demora si se produce un caso de fuerza mayor como el establecido en el apartado 1. Deberá mantener cualquier impedimento del comprador lo más bajo posible, si es necesario, entregando los moldes mientras dure la obstrucción.
Condiciones de pago
1. Todos los pagos se harán en euros exclusivamente al proveedor.
2. Salvo que se acuerde lo contrario, el precio de compra de las entregas u otros servicios se pagará sin deducción en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura.
3. Si se sobrepasa la fecha de pago acordada, se cobrarán intereses al tipo de interés legal de 8 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico respectivo según el artículo 247 del Código Civil alemán (BGB), a menos que el proveedor demuestre un daño mayor.
4. Solo se aceptarán cheques o letras de cambio con el acuerdo expreso y previo por escrito y solo a cuenta de la prestación. Todos los costes asociados a ellos correrán a cargo del cliente.
5. . El cliente solo podrá compensar o hacer valer un derecho de retención de pagos si sus reclamaciones son indiscutibles o han sido establecidas por un tribunal.
6. El incumplimiento continuado de las condiciones de pago o las circunstancias que den lugar a serias dudas sobre la solvencia del cliente darán derecho al proveedor a reclamar inmediatamente todas las reclamaciones. Además, el proveedor tiene derecho en este caso a exigir pagos anticipados por las entregas pendientes y a rescindir el contrato tras la expiración infructuosa de un plazo razonable.
Embalaje, envío, transferencia de riesgo e incumplimiento de la aceptación
1. Salvo se acuerde lo contrario, el proveedor elegirá el embalaje, el método de envío y la ruta de envío. Tendrá derecho a utilizar uno de los transportistas habitualmente seleccionados por él para su actividad naviera en las condiciones habituales acordadas con ellos.
2. . Incluso en el caso de entrega a portes pagados, el riesgo se transmitirá al cliente cuando la mercancía salga de la fábrica de entrega. En caso de retrasos en el envío de los que sea responsable el comprador, el riesgo se transmitirá ya en el momento de la notificación de la disponibilidad para el envío.
3. Si el comprador lo solicita por escrito, la mercancía se asegurará a su cargo contra los riesgos que especifique.
4. . En caso de incumplimiento de la aceptación por parte del cliente, el proveedor tiene derecho a almacenar la mercancía por cuenta del cliente. Si el proveedor almacena él mismo la mercancía, tendrá derecho a los gastos de almacenamiento por un importe del 0,5 % del importe de la factura de la mercancía almacenada por semana natural o parte de ella. Nos reservamos el derecho a reclamar mayores costes de almacenamiento contra la prueba.
Retención de la titularidad
1. . Los suministros seguirán siendo propiedad del proveedor hasta que se hayan satisfecho todas las reclamaciones del proveedor contra el comprador, incluso si se ha pagado el precio de compra de las reclamaciones especialmente designadas. En el caso de una cuenta corriente, la propiedad reservada de las entregas (mercancía reservada) se considerará como garantía de la factura de saldo del proveedor. Si se establece una responsabilidad del proveedor en virtud de una letra de cambio en relación con el pago del precio de compra, la reserva de dominio no expirará antes de que la letra de cambio haya sido pagada por el comprador como librado.
2. . La transformación o el tratamiento por parte del comprador se realizará por cuenta del proveedor, con exclusión de la adquisición de la propiedad según el artículo 950 del Código Civil alemán (BGB); el proveedor se convertirá en copropietario de la cosa así creada en proporción al valor neto de la factura de su mercancía con respecto al valor neto de la factura de la mercancía a transformar o tratar, que servirá como mercancía reservada para garantizar los derechos del proveedor según el apartado 1.
3. . En caso de transformación (combinación/mezcla) por parte del comprador con otras mercancías que no sean del proveedor, se aplicarán las disposiciones de los artículos 947, 948 del Código Civil alemán (BGB), con la consecuencia de que la cuota de copropiedad del proveedor en el nuevo artículo se considerará ahora como mercancía reservada en el sentido de estas condiciones.
4. El comprador solo está autorizado a revender la mercancía sujeta a reserva de dominio en el curso ordinario de los negocios y a condición de que también acuerde una reserva de dominio con sus clientes de conformidad con los apartados 1 a 3. El cliente no tiene derecho a disponer de la mercancía reservada de ninguna otra manera, en particular pignorándola o cediéndola como garantía.
5. En caso de reventa, el comprador cede al proveedor todas las reclamaciones y otros derechos justificados contra sus clientes derivados de la reventa, incluidos todos los derechos accesorios, hasta que se hayan satisfecho todas las reclamaciones del proveedor. A petición del proveedor, el comprador le facilitará sin demora indebida toda la información y los documentos necesarios para hacer valer los derechos del proveedor frente a los clientes del comprador.
6. Si la mercancía reservada es revendida por el comprador después de la transformación conforme a los apartados 2 y/o 3 junto con otras mercancías que no pertenecen al proveedor, la cesión de la reclamación del precio de compra conforme al apartado 5 solo se aplicará al importe del valor de la factura de la mercancía reservada del proveedor.
7. Si el valor realizable de las garantías existentes para el proveedor supera el total de sus créditos en más de un 10 %, el proveedor está obligado a liberar las garantías de su elección en esta medida a petición del cliente.
8. El proveedor debe ser notificado inmediatamente de cualquier incautación o confiscación de las mercancías sujetas a reserva de dominio por parte de un tercero. Los costes de intervención resultantes correrán en todo caso a cargo del comprador, salvo que sean asumidos por terceros.
9. Si el proveedor hace uso de su reserva de propiedad retirando los bienes sujetos a reserva de dominio de acuerdo con las disposiciones anteriores, tendrá derecho a vender los bienes en el mercado abierto o a hacerlos subastar. La mercancía sujeta a reserva de propiedad se recuperará por el importe obtenido, pero como máximo a los precios de entrega acordados. Quedan reservadas otras reclamaciones por daños y perjuicios, en particular el lucro cesante.
Responsabilidad por defectos materiales
1. La calidad y el diseño de los productos se determinarán por la descripción del producto o, si se ha acordado la preparación de los mismos, por las muestras de referencia que el proveedor presentará al comprador para que las inspeccione cuando lo solicite. Además, también hay que tener en cuenta el apartado 1 del artículo XII. La referencia a las normas técnicas sirve para describir las prestaciones y no debe interpretarse como una garantía de calidad. Se aplican las tolerancias habituales en la industria. En ausencia de un acuerdo especial por escrito, la producción se llevará a cabo utilizando los materiales habituales en la industria y de acuerdo con los procesos de fabricación acordados o, en ausencia de un acuerdo, conocidos. Las pequeñas desviaciones del original en el caso de producciones o reproducciones en color no se considerarán defectos; lo mismo ocurrirá con las desviaciones entre pruebas y tiradas.
2. Si el proveedor ha asesorado al comprador fuera del ámbito de sus prestaciones contractuales, solo responderá de la funcionalidad e idoneidad del objeto de suministro si ha dado una garantía expresa previa.
3. . Las notificaciones de los defectos deben hacerse por escrito sin demora. En el caso de los vicios ocultos, la denuncia debe hacerse inmediatamente después de su descubrimiento. En ambos casos, salvo acuerdo en contrario, todas las reclamaciones por defectos prescribirán a los doce meses de la transferencia del riesgo.
4. En caso de notificación justificada de un defecto, el proveedor estará obligado a proporcionar una prestación suplementaria (a su discreción, rectificación del defecto o entrega de sustitución). Si no cumple esta obligación en un plazo razonable o si la subsanación de los defectos fracasa a pesar de los repetidos intentos, el comprador tiene derecho a reducir el precio de compra o a rescindir el contrato. Para otras reclamaciones, en particular las reclamaciones de reembolso de gastos o daños debidos a defectos o daños indirectos, se aplicarán las limitaciones de responsabilidad según el n.º VIII. Las piezas sustituidas se devolverán al proveedor a portes debidos si así se solicita.
5. . La reelaboración no autorizada y la manipulación indebida darán lugar a la pérdida de todas las reclamaciones por defectos. Solo para evitar un daño desproporcionado o en caso de retraso en la subsanación del defecto por parte del proveedor, el comprador tendrá derecho, previa notificación al proveedor, a subsanar el defecto y a exigir el reembolso de los costes razonables del mismo.
6. . El desgaste en la medida habitual no dará lugar a ningún derecho de garantía.
7. . Las reclamaciones en virtud de un derecho de recurso según los artículos 478, 479 del Código Civil alemán (BGB) solo existirán si la reclamación del consumidor estaba justificada y solo en la medida legal, pero no para las disposiciones de buena voluntad no acordadas con el proveedor y presuponen el cumplimiento de las obligaciones propias del beneficiario del recurso, en particular el cumplimiento de las obligaciones de notificación de los defectos.
VIII. Limitaciones generales de responsabilidad
1. El proveedor solo será responsable de los daños y perjuicios o del reembolso de los gastos en la medida en que él mismo, sus empleados ejecutivos o sus auxiliares ejecutivos sean culpables de dolo, negligencia grave o lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud.
2. . La responsabilidad estricta según la Ley de Responsabilidad por Productos y la responsabilidad por el cumplimiento de una garantía de calidad no se verán afectadas.
3. La responsabilidad por el incumplimiento culposo de las obligaciones contractuales materiales tampoco se verá afectada; sin embargo, la responsabilidad a este respecto se limitará a los daños previsibles típicos del contrato, excepto en los casos de la frase 1. Las obligaciones contractuales esenciales son las obligaciones fundamentales y elementales que se derivan de la relación contractual y que son de especial importancia para la correcta ejecución o cumplimiento del contrato o que tienen una influencia significativa en la relación de confianza existente entre las partes, en particular el cumplimiento de las obligaciones de entrega o de información importante.
4. . Las disposiciones anteriores no implican un cambio en la carga de la prueba en detrimento del comprador.
IX. Moldes (herramientas)
1. . El precio de los moldes incluye también los costes de la toma de muestras única, pero no los costes de los dispositivos de prueba y procesamiento y de los cambios iniciados por el comprador. Los costes de las tomas de muestras adicionales de los que sea responsable el proveedor correrán a su cargo.
2. . Salvo acuerdo en contrario, el proveedor es y sigue siendo el propietario de los moldes producidos para el comprador por el propio proveedor o por un tercero encargado por él. Los moldes solo se utilizarán para los pedidos del comprador si se acuerda expresamente, siempre y cuando el comprador cumpla con sus obligaciones de pago y aceptación. El proveedor solo está obligado a sustituir estos moldes gratuitamente si son necesarios para el cumplimiento de una cantidad de producción garantizada al comprador. La obligación del proveedor de almacenar las piezas expirará dos años después de la última entrega de piezas del molde. Se informará al comprador antes de la retirada.
3. . Si se rescinde el contrato pero los moldes aún no han sido amortizados, el proveedor tendrá derecho a facturar sin demora el importe restante de la amortización.
4. Si, según el acuerdo, el comprador debe convertirse en propietario de los moldes, la propiedad pasará a él tras el pago completo del precio de compra de los mismos. La entrega de los moldes al comprador será sustituida por el almacenamiento en beneficio del comprador. Independientemente del derecho legal de entrega del comprador y de la vida útil de los moldes, el proveedor tendrá derecho a su posesión exclusiva hasta la finalización del contrato. El proveedor marcará los moldes como propiedad de terceros y los asegurará a petición y por cuenta del comprador.
5. En el caso de los moldes que pertenezcan al comprador de acuerdo con el apartado 4 y/o de los moldes puestos a disposición por el comprador en calidad de préstamo, la responsabilidad del proveedor con respecto al almacenamiento y al cuidado se limitará al cuidado que tenga en sus propios asuntos. Los costes de mantenimiento y seguro correrán a cargo del comprador. Las obligaciones del proveedor caducarán si, tras la realización del pedido y la correspondiente solicitud, el comprador no recoge los moldes en un plazo razonable. Mientras el comprador no haya cumplido íntegramente con sus obligaciones contractuales, el proveedor tendrá en todo caso un derecho de retención sobre los moldes.
X. Borradores/Clichés/Documentos
1. El proveedor se reserva el derecho exclusivo de ejecución y los derechos de autor de los borradores, documentos, ilustraciones, dibujos y otros documentos del proveedor. En la medida en que el cliente proporcione plantillas e ideas, el proveedor recibirá un derecho de autor conjunto en la medida en que la plantilla o el diseño hayan sido creados por el proveedor.
2. Si no se realiza ningún pedido, el cliente estará obligado a devolver al proveedor sin demora todos los documentos que se le hayan entregado, incluidas las copias realizadas. Las copias digitales deben ser destruidas permanentemente.
3. Al proporcionar plantillas e ideas, el cliente indemnizará al proveedor por cualquier reclamación de terceros que hagan valer sus derechos.
4. Los diseños, el material gráfico final, las planchas de impresión y similares producidos por el proveedor siguen siendo de su propiedad, incluso si se han cargado los costes de producción al cliente.
XI. Materiales proporcionados
1. Si los materiales son entregados por el comprador, deberán ser entregados a tiempo y en perfecto estado por cuenta y riesgo del comprador con un recargo por cantidad adecuado de al menos el 5 %.
2. En caso de que no se cumplan estos requisitos previos, el plazo de entrega se ampliará apropiadamente. Salvo en casos de fuerza mayor, el comprador también correrá con los gastos adicionales derivados de las interrupciones de la producción.
XII. Derechos de propiedad industrial y defectos de titularidad
1. Si el proveedor tiene que suministrar de acuerdo con dibujos, modelos, muestras o utilizando piezas proporcionadas por el cliente, este será responsable de garantizar que no se infringen los derechos de propiedad de terceros en el país de destino de la mercancía. El proveedor informará al comprador de los derechos que conozca, pero no estará obligado a realizar sus propias búsquedas. El comprador indemnizará al proveedor por las reclamaciones de terceros y pagará una indemnización por los daños ocasionados. Si un tercero le prohíbe fabricar o entregar invocando un derecho de propiedad industrial que le pertenezca, el proveedor tendrá derecho —sin examinar la situación jurídica— a detener el trabajo hasta que el comprador y el tercero hayan aclarado la situación jurídica. Si el proveedor no puede esperar razonablemente continuar con el pedido debido al retraso, tendrá derecho a rescindir el contrato.
2. Los planos y muestras entregados al proveedor que no hayan dado lugar a un pedido deberán ser devueltos a petición del mismo; en caso contrario, el proveedor tendrá derecho a destruirlos tres meses después de la presentación de la oferta. Esta obligación se aplicará en consecuencia al comprador. La parte con derecho a la destrucción deberá informar a la parte contratante de su intención de destruir con suficiente antelación.
3. El proveedor tendrá derecho a los derechos de propiedad, derechos de autor y, en su caso, derechos de propiedad industrial, en particular todos los derechos de uso y explotación de los modelos, moldes y dispositivos, borradores y dibujos diseñados por él o por terceros en su nombre. A petición del cliente, este deberá devolver inmediatamente al proveedor los documentos, moldes, muestras o modelos, incluidas las copias realizadas.
4. Si hay otros defectos de titularidad, se les aplicará el número VII.
XIII. Materiales reciclados y aptitud para uso alimentario
1. Si un producto va a estar en contacto con alimentos, el cliente debe comprobar previamente, bajo su responsabilidad, la idoneidad del material para el alimento específico.
2. Los materiales reciclados son cuidadosamente seleccionados por el proveedor. No obstante, los plásticos regenerados pueden sufrir variaciones importantes en la calidad de la superficie, el color, la pureza, el olor y las propiedades físicas o químicas de un lote a otro; esto no da derecho al cliente a notificar los defectos al proveedor. No obstante, el proveedor cederá al cliente, a petición de este, las reclamaciones contra los proveedores anteriores; el proveedor no asume ninguna garantía por la existencia de estas reclamaciones.
XIV. Lugar de ejecución y jurisdicción
1. El lugar de ejecución será la ubicación de la planta del proveedor.
2. El lugar de jurisdicción será, a elección del proveedor, el domicilio social del proveedor o el domicilio social del comprador.
3. El derecho alemán se aplicará exclusivamente con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercancías.